+Artículo 2 3.

Artículo 2 3.

En el caso de los contratos en los que el crédito se conceda en forma de posibilidad de descubierto y que deban reembolsarse previa petición o en el plazo de tres meses, solo serán aplicables los artículos 1 a 3, el artículo 4, apartado 1, el artículo 4, apartado 2, letras a) a c), el artículo 4, apartado 4, los artículos 6 a 9, el artículo 10, apartado 1, el artículo 10, apartado 4, el artículo 10, apartado 5, los artículos 12, 15 y 17 y los artículos 19 a 32.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito