+Artículo 57

Artículo 57

Artículo 57

Las diferencias en la definición de delito subyacente a que se refiere el artículo 3, punto 4, entre los distintos Derechos nacionales no serán óbice para que las UIF proporcionen asistencia a otra UIF y no limitarán el intercambio, la difusión y la utilización de la información de conformidad con los artículos 53, 54 y 55.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito