+Artículo 63 5.

Artículo 63 5.

El Parlamento Europeo y el Consejo aprobarán la plantilla de personal de la Autoridad. El Parlamento Europeo y el Consejo autorizarán los créditos correspondientes a la contribución de equilibrio destinada a la Autoridad.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito