+Artículo 38undecies Divulgación, naturaleza, ejecución y afectación de las multas y multas coercitivas
---+Artículo 38undecies 1.
---+Artículo 38undecies 2.
---+Artículo 38undecies 3.
---+Artículo 38undecies 4.
---+Artículo 38undecies 5.
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Artículo 38undecies Divulgación, naturaleza, ejecución y afectación de las multas y multas coercitivas
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 38undecies 1.
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La AEVM hará públicas todas las multas y multas coercitivas que se impongan de conformidad con los artículos 38 nonies y 38 decies, a menos que dicha divulgación pusiera en grave riesgo los mercados financieros o causara un perjuicio desproporcionado a las partes implicadas. La divulgación no comprenderá los datos personales a efectos del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (
14
).
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Artículo 38undecies 2.
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Las multas y multas coercitivas impuestas en virtud de los artículos 38 nonies y 38 decies serán de carácter administrativo.
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Artículo 38undecies 3.
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En caso de que la AEVM decida no imponer multas ni multas coercitivas, informará de ello al Parlamento Europeo, al Consejo, a la Comisión y a las autoridades competentes del Estado miembro afectado y expondrá los motivos de su decisión.
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Artículo 38undecies 4.
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Las multas y multas coercitivas impuestas en virtud de los artículos 38 nonies y 38 decies tendrán carácter ejecutivo. La ejecución forzosa se regirá por las normas de procedimiento vigentes en el Estado miembro en cuyo territorio se lleve a cabo.
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Artículo 38undecies 5.
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Los importes de las multas y multas coercitivas se asignarán al presupuesto general de la Unión Europea.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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