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+Artículo 2 1 |
Artículo 2 11. A efectos del requisito de información a que se refiere el artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/1114, los emisores presentarán la información a las autoridades competentes con periodicidad trimestral en las siguientes fechas de referencia: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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