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+Artículo 2 2. |
Artículo 2 2.Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 50 en los que se especifiquen determinados elementos técnicos de las definiciones expuestas en el apartado 1 para ajustarlas a la evolución del mercado.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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