+Artículo 9 3.

Artículo 9 3.

A efectos del apartado 2, las medidas de mitigación incluirán todos los elementos siguientes:

a) 

el uso de entornos separados de ejecución segura a través de los programas informáticos instalados en los dispositivos polivalentes;

b) 

mecanismos para garantizar que ni el ordenante ni ningún tercero hayan modificado los programas informáticos o el dispositivo;

c) 

cuando se hayan producido modificaciones, mecanismos para mitigar las consecuencias de aquellas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito