+Artículo 16ter 3.

Artículo 16ter 3.

La Autoridad creará y mantendrá una herramienta de internet que estará disponible en su sitio web para la formulación de preguntas y la publicación oportuna de todas las preguntas en el momento de su recepción, así como de todas las respuestas a todas las preguntas admisibles con arreglo al apartado 1, a menos que dicha publicación contravenga el interés legítimo de las mencionadas personas o implique riesgos para la estabilidad del sistema financiero. La Autoridad podrá rechazar las preguntas a las que no tenga intención de responder. La Autoridad publicará las preguntas rechazadas en su sitio web durante un período de dos meses.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito