+Artículo 47 1.

Artículo 47 1.

El Consejo de Administración velará por que la Autoridad cumpla su cometido y lleve a cabo las funciones que le son asignadas de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito