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+Artículo 47 2. |
Artículo 47 2.El Consejo de Administración propondrá, para su adopción por la Junta de Supervisores, un programa de trabajo anual y plurianual.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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