+Artículo 29 8.

Artículo 29 8.

Con sujeción a las disposiciones del presente artículo, la designación del administrador provisional no menoscabará los derechos que se reconocen a los accionistas de conformidad con el Derecho de sociedades nacional o de la Unión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito