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+Artículo 29 8. |
Artículo 29 8.Con sujeción a las disposiciones del presente artículo, la designación del administrador provisional no menoscabará los derechos que se reconocen a los accionistas de conformidad con el Derecho de sociedades nacional o de la Unión.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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