+Artículo 33 2.

Artículo 33 2.

La Autoridad ayudará a la Comisión en la preparación de decisiones sobre la equivalencia de los regímenes reglamentarios y de supervisión de terceros países tras una solicitud específica de asesoramiento de la Comisión o cuando así lo requieran los actos legislativos a que se refiere el artículo 1, apartado 2.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito