+Artículo 135 2.

Artículo 135 2.

En caso de que formule una recomendación de conformidad con el apartado 1, la JERS tendrá debidamente en cuenta las diferencias existentes entre Estados miembros y, en especial, las particularidades de los Estados miembros con pequeñas economías abiertas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito