+Artículo 3 Fechas de envío de la información
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Artículo 3 Fechas de envío de la información
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 3 1
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1. A efectos del requisito de información a que se refiere el artículo 22, apartado 1, del Reglamento (UE) 2023/1114, los emisores presentarán a las autoridades competentes la información indicada en dicho artículo con periodicidad trimestral, a más tardar al cierre de la jornada en las siguientes fechas de envío: 12 de mayo, 11 de agosto, 11 de noviembre y 11 de febrero.
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Artículo 3 2
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2. A efectos del requisito de información a que se refiere el artículo 22, apartado 3, del Reglamento (UE) 2023/1114, los proveedores de servicios de criptoactivos presentarán a los emisores la información indicada en dicho artículo con periodicidad trimestral, a más tardar al cierre de la jornada en las siguientes fechas de envío: 21 de abril, 21 de julio, 21 de octubre y 21 de enero.
No obstante, los proveedores de servicios de criptoactivos presentarán a los emisores diariamente, a más tardar al cierre de la jornada, la plantilla «S 08.00 – Fichas en poder del proveedor de servicios de criptoactivos» que figura en los anexos III y IV.
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Artículo 3 3
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3. Cuando el día de envío sea festivo en el Estado miembro de la autoridad competente a la que deba facilitarse la información, o bien sábado o domingo, los datos se presentarán el siguiente día hábil.
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Artículo 3 4
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4. Los emisores presentarán sin demora indebida cualquier corrección necesaria de la información facilitada a las autoridades competentes.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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