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+Artículo 19 5. |
Artículo 19 5.Los Estados miembros no permitirán que las empresas de servicios de inversión ni los organismos rectores del mercado que gestionen un SMN ejecuten órdenes de clientes con capital propio o hagan interposición de la cuenta propia.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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