+Artículo 38ter 2.

Artículo 38ter 2.

Cualquier simple solicitud de información como la mencionada en el apartado 1:

a) 

hará referencia al presente artículo como base jurídica de esa solicitud;

b) 

indicará el propósito de la solicitud;

c) 

especificará la información requerida;

d) 

incluirá el plazo en el que habrá de facilitarse la información;

e) 

incluirá una declaración indicando que, si bien la persona a quien se solicita la información no está obligada a facilitarla, en caso de responder voluntariamente a la solicitud, la información que facilite no deberá ser incorrecta ni engañosa;

f) 

indicará el importe de la multa que se imponga de conformidad con el artículo 38 nonies en caso de que la información facilitada sea incorrecta o engañosa.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito