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+Artículo 37 6. |
Artículo 37 6.El Grupo de partes interesadas del sector de los valores y mercados adoptará su reglamento interno previo acuerdo por mayoría de dos terceras partes de sus miembros.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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