+Artículo 22 1

Artículo 22 1

1.   Antes de adoptar una decisión de supervisión de conformidad con el artículo 4 y la sección 2 del capítulo III, el BCE dará a las personas objeto del procedimiento la oportunidad de ser oídas. El BCE basará sus decisiones exclusivamente en las objeciones sobre las cuales las partes interesadas hayan tenido ocasión de manifestarse.

El párrafo primero no se aplicará en caso de que sea necesaria una intervención urgente para impedir que el sistema financiero sufra daños importantes. En tal caso, el BCE podrá adoptar una decisión provisional, y deberá dar a las personas interesadas la oportunidad de ser oídas lo antes posible una vez adoptada su decisión.

1. Oversigt

,
Titel Regulering

1.1 Referencer

1.2 Identificerede krav

1.3 Relaterede standarder

2. Identificerede krav

Krav
Kilde Krav

3. Relaterede standarder

Standarder
Kilde Krav
  • Builddate: 29.10.2013 00:00:00 -Doknr: CELEX:32013R1024
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