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+Artículo 16bis 3. |
Artículo 16bis 3.Si la autoridad de resolución constata que la entidad está todavía en la situación a que se refiere el apartado 1 nueve meses después de que la entidad haya informado de esta situación, la autoridad de resolución, tras consultar a la autoridad competente, ejercerá la facultad a que se refiere el apartado 1 excepto en caso de que la autoridad competente constate que se cumplen al menos dos de las condiciones siguientes:
a)
el incumplimiento se debe a una perturbación grave del funcionamiento de los mercados financieros que conduce a unas tensiones en los mercados financieros de amplio alcance en varios segmentos de los mismos;
b)
la perturbación a que se refiere la letra a) no solo da lugar a un aumento de la volatilidad de los precios de los instrumentos de fondos propios e instrumentos de pasivos admisibles de la entidad o a un incremento de los costes para la entidad, sino que también conduce a un cierre total o parcial de los mercados que impide a la entidad emitir instrumentos de fondos propios e instrumentos de pasivos admisibles en los mercados;
c)
el cierre de mercado a que se refiere la letra b) se observa no solo para la entidad en cuestión, sino para otras varias entidades;
d)
la perturbación a que se refiere la letra a) impide a la entidad en cuestión emitir de instrumentos de fondos propios e instrumentos de pasivos admisibles suficientes para subsanar el incumplimiento; o
e)
el ejercicio de la facultad a que se refiere el apartado 1 provocaría efectos colaterales negativos para una parte del sector bancario, perjudicando así potencialmente a la estabilidad financiera. Cuando se aplique la excepción a que se refiere el párrafo primero, la autoridad de resolución informará a la autoridad competente de su decisión y explicará por escrito su evaluación. Cada mes, la autoridad de resolución repetirá su evaluación para determinar si la excepción referida en el párrafo primero se aplica. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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