+Artículo 13 3.

Artículo 13 3.

Los agentes y otros acompañantes habilitados por la Comisión para proceder a una inspección ejercerán sus poderes previa presentación de una autorización escrita que indique el objeto y la finalidad de la inspección, así como las sanciones previstas en el artículo 14 en el supuesto de que los libros u otros documentos relativos a la actividad empresarial requeridos se presenten de manera incompleta o en el caso de que las respuestas a las preguntas formuladas en aplicación del apartado 2 del presente artículo sean incorrectas o engañosas. La Comisión comunicará la inspección, con la suficiente antelación a su comienzo, a la autoridad competente del Estado miembro en cuyo territorio se vaya a llevar a cabo.

1. Übersicht

,
Bezeichnung Regulierung

1.1 Referenzen

1.2 Identifizierte Anforderungen

1.3 Zugehörige Standards

2. Identifizierte Anforderungen

Anforderungen
Quelle Anforderung

3. Zugehörige Standards

Standards
Quelle Anforderung
  • Builddate: 18.02.2004 00:00:00 -Doknr: CELEX:32004R0139
  • EULAW_ES -

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