+Artículo 18 1.
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Artículo 18 1.
La autoridad de resolución a nivel de grupo, previa consulta al colegio de autoridades de supervisión, así como a las autoridades de resolución de las jurisdicciones en las que estén establecidas sucursales significativas respecto de las cuestiones que afecten a dichas sucursales, examinará, junto con las autoridades de resolución de las filiales y en el marco del colegio de autoridades de resolución, la evaluación requerida por el artículo 16 y adoptará todas las medidas razonables para alcanzar una decisión conjunta sobre la aplicación de las medidas determinadas conforme a lo establecido en el artículo 17, apartado 4, en relación con todas las entidades de resolución y sus filiales que sean entidades mencionadas en el artículo 1, apartado 1, y formen parte del grupo.
1. Übersicht
| Bezeichnung |
Regulierung |
,
1.1 Referenzen
1.2 Identifizierte Anforderungen
1.3 Zugehörige Standards
2. Identifizierte Anforderungen
Anforderungen
| Quelle |
Anforderung |
3. Zugehörige Standards
Standards
| Quelle |
Anforderung |
- Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
- EULAW_ES -
EULAW_ES
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