+Artículo 44 12.

Artículo 44 12.

Antes de ejercer la facultad discrecional de excluir un pasivo en virtud del apartado 3, la autoridad de resolución lo notificará a la Comisión. En caso de que la exclusión requiera una contribución del mecanismo de financiación de la resolución o de una fuente de financiación alternativa en virtud del apartado 4 a 8, la Comisión, en un plazo de veinticuatro horas a partir de la recepción de dicha notificación, o en un plazo mayor con el acuerdo de la autoridad de resolución, podrá prohibir la exclusión propuesta o exigir que se modifique si no se cumplen los requisitos del presente artículo y de los actos delegados, a fin de proteger la integridad del mercado interior. Ello se entenderá sin perjuicio de la aplicación, por parte de la Comisión, de las normas de la Unión en materia de ayudas de estado.

1. Übersicht

,
Bezeichnung Regulierung

1.1 Referenzen

1.2 Identifizierte Anforderungen

1.3 Zugehörige Standards

2. Identifizierte Anforderungen

Anforderungen
Quelle Anforderung

3. Zugehörige Standards

Standards
Quelle Anforderung
  • Builddate: 11.05.2026 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014L0059
  • EULAW_ES -

    EULAW_ES