+Artículo 49 4.

Artículo 49 4.

Las autoridades de resolución determinarán el valor de los pasivos surgidos de derivados con arreglo a:

a) 

unos métodos apropiados para determinar el valor de las distintas categorías de derivados, incluidas las operaciones efectuadas en el marco de acuerdos de compensación;

b) 

unos principios para establecer el momento exacto en que debe establecerse el valor de una posición de derivados, y

c) 

métodos apropiados para comparar la pérdida de valor que surgiría de la liquidación y de la recapitalización interna de derivados con el importe de las pérdidas que sufrirían los derivados en una recapitalización interna.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito