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+Artículo 49 4. |
Artículo 49 4.Las autoridades de resolución determinarán el valor de los pasivos surgidos de derivados con arreglo a:
a)
unos métodos apropiados para determinar el valor de las distintas categorías de derivados, incluidas las operaciones efectuadas en el marco de acuerdos de compensación;
b)
unos principios para establecer el momento exacto en que debe establecerse el valor de una posición de derivados, y
c)
métodos apropiados para comparar la pérdida de valor que surgiría de la liquidación y de la recapitalización interna de derivados con el importe de las pérdidas que sufrirían los derivados en una recapitalización interna. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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