Artículo 37 4bis.
Los miembros del Grupo de partes interesadas pertinente elegirán a un presidente de entre sus miembros. El presidente ocupará el cargo durante un período de dos años. El Parlamento Europeo podrá invitar al presidente de cualquiera de los Grupos de partes interesadas a efectuar una declaración ante él y a responder a cualesquiera preguntas formuladas por los diputados cuando así se solicite.
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1.1 Παραπομπές
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2. Εντοπισμένες απαιτήσεις
3. Σχετικά πρότυπα
- Builddate: 30.01.2027 00:00:00 -Doknr: CELEX:32010R1094
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