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+Artículo 4 Definiciones |
Artículo 4 DefinicionesArtículo 4 Definiciones A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:
1)
«entidad financiera»: toda empresa regulada y supervisada con arreglo a cualquiera de los actos legislativos a que se refiere el artículo 1, apartado 2; ▼M10 —————
2)
«autoridades competentes»:
i)
las autoridades competentes según se definen en el artículo 4, apartado 1, punto 40, del Reglamento (UE) n.o 575/2013, incluido el Banco Central Europeo por lo que se refiere a asuntos relativos a las funciones que le confiere el Reglamento (UE) n.o 1024/2013;
ii)
en relación con la Directiva 2002/65/CE, las autoridades y organismos competentes para garantizar el cumplimiento de los requisitos de dicha Directiva por parte de las entidades financieras; ▼M10 —————
iv)
en el caso de los sistemas de garantía de depósitos, los organismos que administran dichos sistemas de conformidad con la Directiva 2014/49/UE, o, en caso de que el funcionamiento del sistema de garantía de depósitos sea administrado por una sociedad privada, la autoridad pública que supervise dichos sistemas en virtud de dicha Directiva, y las autoridades administrativas pertinentes contempladas en ella;
v)
en relación con la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 11 ) y el Reglamento (UE) n.o 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 12 ), las autoridades de resolución, designadas de conformidad con el artículo 3de la Directiva 2014/59/UE, y la Junta Única de Resolución, establecida por el Reglamento (UE) n.o 806/2014, así como el Consejo y la Comisión cuando tomen medidas en virtud de artículo 18 del Reglamento (UE) n.o 806/2014, excepto cuando ejerzan poderes discrecionales o tomen decisiones estratégicas;
vi)
las autoridades competentes a que se refieren la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 13 ); el Reglamento (UE) 2015/751 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 14 ), la Directiva (UE) 2015/2366, la Directiva 2009/110/CE del Parlamento Europeo y del Consejo ( 15 ), y el Reglamento (UE) n.o 260/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 16 );
vii)
los organismos y autoridades contemplados en el artículo 20 de la Directiva 2008/48/CE; 1. Overview
1.1 References1.2 Identified Requirements1.3 Related Standards2. Identified Requirements
3. Related Standards
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