+Artículo 14 1.

Artículo 14 1.

A fin de comunicar información sobre las grandes exposiciones frente a clientes y grupos de clientes vinculados entre sí, de conformidad con el artículo 394 del Reglamento (UE) n.o 575/2013, de forma individual y en base consolidada, las entidades presentarán la información que se especifica en el anexo VIII, de conformidad con las instrucciones del anexo IX, con frecuencia trimestral.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 01.09.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32021R0451
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