+Artículo 6 2.

Artículo 6 2.

Las entidades presentarán la información sobre todas las exposiciones de titulización que se especifica en el anexo I, plantillas 14 y 14.01, de conformidad con las instrucciones del anexo II, parte II, punto 3.8, excepto cuando formen parte de un grupo en el mismo país en el que estén sujetas a requisitos de fondos propios.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 01.09.2024 00:00:00 -Doknr: CELEX:32021R0451
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