+Artículo 12 Revisión de la información divulgada
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Artículo 12 Revisión de la información divulgada

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1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 12 1.
Los participantes en los mercados financieros velarán por que se mantenga actualizada la información publicada de conformidad con los artículos 3, 5 o 10. En caso de que un participante en los mercados financieros modifique dicha información, se deberá publicar una explicación clara de dicha modificación en el mismo sitio web.
Artículo 12 2.
El apartado 1 se aplicará mutatis mutandis a los asesores financieros con respecto a cualquier información publicada de conformidad con los artículos 3 y 5.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito