+Artículo 72 Fondos propios

Artículo 72 Fondos propios

Artículo 72

Fondos propios

Los fondos propios de una entidad serán igual a la suma de su capital de nivel 1 y su capital de nivel 2.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito