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Artículo 38 Sistemas de recomendaciónArtículo 38 Sistemas de recomendación Además de los requisitos establecidos en el artículo 27, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño que utilicen sistemas de recomendación ofrecerán al menos una opción para cada uno de sus sistemas de recomendación que no se base en la elaboración de perfiles tal como se define en el artículo 4, punto 4, del Reglamento (UE) 2016/679. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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