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+Artículo 5 6. |
Artículo 5 6.Las entidades presentarán la información sobre el riesgo de contraparte que se especifica en el anexo I, plantillas 34.01 a 34.05 y 34.08 a 34.10, de conformidad con las instrucciones del anexo II, parte II, punto 3.9.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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