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+Artículo 5 13. |
Artículo 5 13.Las entidades presentarán la información sobre los requisitos de fondos propios en relación con el riesgo de ajuste de valoración del crédito que se especifica en el anexo I, plantilla 25, de conformidad con las instrucciones del anexo II, parte II, punto 5.8.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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