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+Artículo 47 Información para el ordenante y para el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta del ordenante en caso de prestación de servicios de iniciación de pagos |
Artículo 47 Información para el ordenante y para el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta del ordenante en caso de prestación de servicios de iniciación de pagosArtículo 47 Información para el ordenante y para el proveedor de servicios de pago gestor de cuenta del ordenante en caso de prestación de servicios de iniciación de pagos Cuando una orden de pago se inicie a través de un proveedor de servicios de iniciación de pagos, este deberá poner a disposición del proveedor de servicios de pago gestor de cuenta del ordenante la referencia de la operación de pago. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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