+Artículo 152 9.
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Artículo 152 9.
A efectos del presente artículo, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 132, apartados 5 y 6, y en el artículo 132 ter. A efectos del presente artículo, será de aplicación el artículo 132 quater, utilizando las ponderaciones por riesgo calculadas de acuerdo con el capítulo 3 del presente título.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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