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+Artículo 175 4. |
Artículo 175 4.En caso de que la entidad utilice modelos estadísticos en su proceso de calificación, deberá documentar las metodologías correspondientes. Dicho material deberá:
a)
ofrecer una descripción detallada de la teoría, los supuestos y las bases matemáticas y empíricas para asignar estimaciones a grados, deudores individuales, exposiciones o conjuntos de exposiciones, así como la fuente o fuentes de datos utilizadas en la estimación del modelo;
b)
establecer un proceso estadístico riguroso de validación del modelo que incluya la comprobación de resultados tanto fuera de la muestra como fuera del período muestral;
c)
indicar cualesquiera circunstancias en las que el modelo no funcione adecuadamente. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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