+Artículo 422 7.

Artículo 422 7.

Las entidades notificarán por separado los demás pasivos no contemplados en los apartados 1 a 5.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito