Artículo 492 5.
La ABE elaborará proyectos de normas técnicas de aplicación con objeto de especificar plantillas uniformes para la comunicación de conformidad con el presente artículo. Las plantillas incluirán los elementos enumerados en el artículo 437, apartado 1, letras a), b), d) y e), modificado por los capítulos 1 y 2 del presente título. La ABE presentará estos proyectos de normas técnicas de aplicación a más tardar el 28 de julio de 2013. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar las normas técnicas de aplicación a que se refiere el párrafo primero con arreglo al artículo 15 del Reglamento (UE) no 1093/2010.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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