+Requisitos de notificación
---+3. De conformidad con el artículo 16, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 1093/2010, las …
---+4. Las notificaciones se publicarán en el sitio web de la ABE, tal como contempla el citado …

Requisitos de notificación

Requisitos de notificación

1. Resumen

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Título Regulación
3. De conformidad con el artículo 16, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 1093/2010, las …

De conformidad con el artículo 16, apartado 3, del Reglamento (UE) n.º 1093/2010, las autoridades competentes deberán notificar a la ABE, a más tardar el 28.11.2022, si cumplen

  • o se proponen cumplir estas Directrices o, en caso negativo, los motivos para no cumplirlas. En caso de que no lo notifiquen antes de ese plazo, la ABE considerará que las autoridades competentes no las cumplen. Las notificaciones se presentarán remitiendo el modelo que se encuentra disponible en el sitio web de la ABE, con la referencia «EBA/GL/2022/10». Las notificaciones serán presentadas por las personas debidamente facultadas para comunicar el cumplimiento en nombre de las respectivas autoridades competentes. Cualquier cambio en la situación de cumplimiento de las directrices deberá notificarse igualmente a la ABE.

1 Reglamento (UE) n.º 1093/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión (Autoridad Bancaria Europea), se modifica la Decisión n.º 716/2009/CE y se deroga la Decisión 2009/78/CE de la Comisión (DO L 331 de 15.12.2010, p. 12).

2 EBA Public

4. Las notificaciones se publicarán en el sitio web de la ABE, tal como contempla el citado …

Las notificaciones se publicarán en el sitio web de la ABE, tal como contempla el citado artículo 16, apartado 3.

3 EBA Public

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/