+58. Cada IRS del indicador de riesgo «j» de una entidad «i» se multiplicará por la ponderación del …
|
58. Cada IRS del indicador de riesgo «j» de una entidad «i» se multiplicará por la ponderación del …
Cada IRS del indicador de riesgo «j» de una entidad «i» se multiplicará por la ponderación del indicador (IW) de riesgo asignada a un indicador de riesgo específico «j». A continuación, se sumará la IRS ponderada en una ARS según la siguiente fórmula: 𝐴𝐴𝐶𝐶𝐷𝐷 𝑖𝑖 = �𝐼𝐼𝐴𝐴 𝑗𝑗 ∗𝐼𝐼𝐶𝐶𝐷𝐷 𝑖𝑖𝑗𝑗 Donde 𝑗𝑗=1 :
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- EBA - Published by the European Banking Authority at https://www.eba.europa.eu/
|