+55. La composición del órgano de dirección garantizará que los procesos colectivos de toma de …

55. La composición del órgano de dirección garantizará que los procesos colectivos de toma de …

La composición del órgano de dirección garantizará que los procesos colectivos de toma de decisiones incluyan el debate, la impugnación y la supervisión adecuados. A tal fin, deberá existir un número suficiente de miembros con conocimientos en cada ámbito para permitir un debate sobre las decisiones que se adopten.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
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