+55. La composición del órgano de dirección garantizará que los procesos colectivos de toma de …
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55. La composición del órgano de dirección garantizará que los procesos colectivos de toma de …
La composición del órgano de dirección garantizará que los procesos colectivos de toma de decisiones incluyan el debate, la impugnación y la supervisión adecuados. A tal fin, deberá existir un número suficiente de miembros con conocimientos en cada ámbito para permitir un debate sobre las decisiones que se adopten.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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