+Artículo 3 35)

Artículo 3 35)

«entidad de pago»: una entidad de pago tal como se define en el artículo 4, punto 4, de la Directiva (UE) 2015/2366;

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito