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+Artículo 31 6 |
Artículo 31 66. Se otorgan a la Comisión los poderes para adoptar un acto delegado, de conformidad con el artículo 57, para completar el presente Reglamento especificando con más detalle los criterios mencionados en el apartado 2 del presente artículo, a más tardar el 17 de julio de 2024. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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