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+Artículo 32 2 |
Artículo 32 22. El Foro de Supervisión llevará a cabo anualmente una evaluación colectiva de los resultados y las conclusiones de las actividades de supervisión realizadas para todos los proveedores terceros esenciales de servicios de TIC y promoverá medidas de coordinación para incrementar la resiliencia operativa digital de las entidades financieras, fomentar buenas prácticas para hacer frente al riesgo de concentración de TIC y estudiar medidas de mitigación de la transferencia de riesgos entre sectores. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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