+Artículo 33 1

Artículo 33 1

1.   El supervisor principal, nombrado de conformidad con el artículo 31, apartado 1, letra b), llevará a cabo la supervisión de los proveedores terceros esenciales de servicios de TIC asignados y será, a efectos de todos los asuntos relacionados con la supervisión, el punto de contacto principal para dichos proveedores terceros esenciales de servicios de TIC.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito