+Artículo 24 2.

Artículo 24 2.

Si un distribuidor considera o tiene motivos para considerar, con arreglo a la información en su poder, que un sistema de IA de alto riesgo no es conforme con los requisitos establecidos en la sección 2, no lo comercializará hasta que se haya conseguido esa conformidad. Además, si el sistema de IA de alto riesgo presenta un riesgo en el sentido del artículo 79, apartado 1, el distribuidor informará de ello al proveedor o importador del sistema, según corresponda.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito