+Artículo 59 3.

Artículo 59 3.

El apartado 1 se entiende sin perjuicio del Derecho de la Unión o nacional que proscriba el tratamiento de datos personales con fines distintos de los expresamente mencionados en dichos actos, así como sin perjuicio del Derecho de la Unión o nacional que establezca las bases para el tratamiento de datos personales necesario para desarrollar, probar o entrenar sistemas innovadores de IA o de cualquier otra base jurídica, de conformidad con el Derecho de la Unión en materia de protección de datos personales.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito