+Artículo 60 7.
|
Artículo 60 7.
Se informará de cualquier incidente grave detectado en el transcurso de las pruebas en condiciones reales a la autoridad nacional de vigilancia del mercado de conformidad con el artículo 73. El proveedor o proveedor potencial adoptará medidas de reducción inmediatas o, en su defecto, suspenderá las pruebas en condiciones reales hasta que se produzca dicha reducción o pondrá fin a las pruebas. El proveedor o proveedor potencial establecerá un procedimiento para la rápida recuperación del sistema de IA en caso de que se ponga fin a las pruebas en condiciones reales.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
|