+Artículo 95 3.
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Artículo 95 3.
Los códigos de conducta podrán ser elaborados por proveedores o responsables del despliegue de sistemas de IA particulares, por las organizaciones que los representen o por ambos, también con la participación de cualquier parte interesada y sus organizaciones representativas, como, por ejemplo, las organizaciones de la sociedad civil y el mundo académico. Los códigos de conducta podrán comprender uno o varios sistemas de IA en función de la similitud de la finalidad prevista de los distintos sistemas.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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