+Artículo 39 11.
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Artículo 39 11.
Los organismos de evaluación de la conformidad participarán en las actividades pertinentes de normalización y las actividades del grupo de coordinación de los organismos notificados establecido con arreglo al artículo 51, o se asegurarán de que su personal de evaluación esté informado al respecto, y aplicarán a modo de orientaciones generales las decisiones y los documentos administrativos que resulten de las labores del grupo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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