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+Artículo 54 4 |
Artículo 54 44. En caso de que se decida publicar una sanción administrativa de forma anónima como se establece en el apartado 3, letra b), podrá aplazarse la publicación de los datos pertinentes. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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